Donaciones en Andalucía: bonificación del 99% y menos notaría para importes pequeños


 

Desde el 1 de enero de 2026, donar en Andalucía será un poco más sencillo en los casos de menor importe. El artículo 40 de la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mantiene la bonificación del 99% en la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para las adquisiciones inter vivos realizadas por contribuyentes de los Grupos I y II —padres, hijos, cónyuges y demás familiares directos— y por las personas equiparadas legalmente.

La novedad está en el requisito formal. Cuando el bien o derecho donado no exija por sí mismo escritura pública, la donación solo tendrá que formalizarse en documento público si la base imponible supera los 5.000 euros. Es decir, una donación dineraria o de bienes muebles por importe igual o inferior a 5.000 euros podrá beneficiarse de la bonificación sin necesidad de escritura pública, siempre que no existan otras donaciones acumulables del mismo donante al mismo donatario en los tres años anteriores que hagan superar ese límite.

Ahora bien, simplificar no significa olvidar las obligaciones formales que el tribute exige. Así la donación debe declararse mediante la correspondiente autoliquidación del impuesto, conservarse prueba de la entrega y poder justificarse el origen de los fondos. En la práctica, aunque no haya escritura, conviene documentar la operación por escrito y realizar la entrega mediante transferencia bancaria.

Si la donación supera los 5.000 euros y es de dinero, depósitos o cuentas, será necesario otorgar documento público en el plazo máximo de un mes desde la entrega, haciendo constar el origen de los fondos. Y si lo donado es un bien que exige escritura para su validez —por ejemplo, un inmueble—, seguirá siendo imprescindible acudir al notario.

En definitiva, Andalucía conserva una fiscalidad muy favorable para las donaciones familiares y, desde 2026, elimina una carga formal innecesaria para las donaciones pequeñas. Pero el camino seguro sigue siendo el mismo: declarar, documentar y dejar rastro.

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